El Supremo anula la posibilidad de pasar a segundo de Bachillero con tres suspensos

La sentencia responde a un recurso de FERE-CECA contra el artículo 14.2 del Real Decreto de 2007, que regula la estructura y contenidos de este ciclo

La Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado el artículo 14.2 del Real Decreto de 2007 -norma que establece la estructura y contenidos mínimos del Bachillerato- que permite a los estudiantes de primer curso de este nivel con tres o cuatro materias suspendidas repetirlo totalmente o matricularse de las materias pendientes y de otras dos o tres de segundo.

Madrid.
La sentencia del TS es producto de un recurso de la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza (FERE-CECA) y señala que la citada regulación “vulnera la Ley Orgánica de Educación” al crear una modalidad de estudio del Bachillerato -asignaturas sueltas de primero y de segundo- que “no está prefijada” en esta norma. De acuerdo con el Supremo “tal regulación reglamentaria carece de cobertura legal y altera, por completo, el régimen regulador de la LOE”. Asimismo, el fallo indica que el Gobierno “no ha respetado la Ley” como norma de superior rango y esgrime que el punto recurrido instaura una “matrícula condicionada” que no está previsto en la LOE, aunque fuere de uso corriente en el ámbito universitario para supuestos muy determinados. Siempre según el fallo del TS, la Ley Orgánica de Educación establece la “promoción” de un curso a otro en el supuesto de la superación del primero de ellos o con una evaluación negativa, como máximo, de dos materias. Además de ello, pone de relieve que la citada ley sólo ofrece bien “la repetición de curso cuando hubiere más de dos evaluaciones negativas” o bien “la promoción a segundo con dos evaluaciones negativas de primero”, aunque no instaura la “matrícula condicionada” de asignaturas de segundo –algo que sí contempla el Real Decreto- junto a materias suspensas de primero de Bachillerato. Por lo que respecta a la flexibilidad del ciclo (16-18 años) prevista por la LOE y argumentada por la Abogacía del Estado, la sentencia del TS dice que se refiere a la elección de las asignaturas que componen el currículo, pero “no a la libre configuración de los dos cursos del Bachillerato, con asignaturas sueltas de segundo y primero”. Al mismo tiempo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo considera conforme a la ley que el Bachillerato que los estudiantes de este nivel pueden permanecer cursándolo en régimen ordinario durante cuatro años.

Salvar el principio de flexibilidad

La ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera, ha expresado su confianza en poder “salvar el principio de flexibilidad” en el Bachillerato a pesar de la sentencia. La ministra ha anunciado su intención de estudiar el fallo con detenimiento para “ver si hay alguna posibilidad” de mantener el citado “principio de flexibilidad”, es decir, que alumnos de primer curso con más de tres suspensos puedan estudiar asignaturas de segundo. El MEPSYD mantiene que ese principio es acorde con la edad de los alumnos de Bachillerato y los “estimula”, al contribuir a capitalizar el esfuerzo desarrollado en las asignaturas aprobadas. Asimismo, Cabrera ha destacado que la sentencia puede ser examinada con un “margen de tranquilidad” porque aún no hay alumnos afectados por ella, ya que la norma todavía no se ha aplicado, al entrar en vigor el próximo curso 2009-10. Entre otros argumentos aducidos por FERE-CECA está el que la citada normativa “altera” la autorización y capacidad de los centros de Bachillerato al permitir cursar simultáneamente asignaturas de primero y de segundo, lo que “afecta a la configuración de los centros privados”. Para dicha organización el acceso y la promoción en Bachillerato implica la matrícula en “todas las asignaturas” que integran cada curso. El secretario general de FERE-CECA, Manuel de Castro, ha celebrado el fallo del TS, que en su opinión evita el “caos organizativo” que supondría para los centros escolares, para el próximo curso. Asimismo cree que impedirá a todo tipo de centros educativos “contratar más personal y aumentar las plazas en este ciclo”, algo que “supondría un gran gasto”. Según De Castro, el citado real decreto “pretendía una forma de bachillerato encubierto de tres años para camuflar el índice de suspensos que hay en este ciclo".

Nuevas vías

Por su parte, la organización de padres CEAPA se ha mostrado “disconforme” con la sentencia. Su presidente, Pedro Rascón, ha que acata el fallo del alto tribunal pero no la comparte, pues el Real Decreto de 2007 “abre una oportunidad nueva” para que el alumnado con algunas dificultades pudiera superarlo. Sin embargo, CEAPA ha mostrado su “apoyo moral” a las actuaciones judiciales que pudiera emprender el Ministerio de Educación, Política Social y Deportes en contra de la sentencia del Supremo. A juicio de Rascón, la interpretación del TS es "muy subjetiva" porque el Real Decreto “no busca” cambiar la LOE, sino abrir otras posibilidades adicionales. Por el contrario, la Confederación Nacional Católica de Padres de Alumnos (CONCAPA) se ha felicitado por la decisión del Tribunal Supremo, ya que desde su punto de vista la regulación recurrida supone “una verdadera barbaridad”. El presidente de CONCAPA, Luis Carbonell, ha indicado que el Bachillerato español es uno de los más cortos de Europa y, en consecuencia, requiere que sea una “enseñanza de calidad y que se plantee con esfuerzo”. En su opinión es una “irracionalidad” permitir a los alumnos de Bachillerato pasar al segundo curso teniendo materias suspensas de primero; “lo que tiene que hacer es aprobarlo todo, y además lógicamente no va a completar segundo”.

La regulación recurrida ante el Supremo estaba previsto que entra en vigor en le próximo curso.(Foto: Rafael Martínez)
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