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Madrid.
El Ministerio
de Educación y Ciencia ha convocado ayudas económicas para instituciones
y asociaciones para la realización de actividades de formación permanente
del profesorado de niveles previos a la Universidad durante 2007. El importe
máximo de las ayudas que se distribuirán en esta convocatoria será de
921.000 euros.
Podrán optar
a dichas ayudas asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro y que
entre sus fines figure la formación permanente del profesorado, con ámbito
estatal o de gestión del MEC, sin carácter de Centros docentes y que realicen
en el año 2007 actividades de formación permanente del profesorado en
niveles previos a la Universidad. En caso de que se presenten federaciones
de asociaciones o instituciones no podrán concurrir a la convocatoria
las asociaciones federadas a las mismas.
Podrán ser
objeto de estas ayudas las actividades formativas que reúnan los siguientes
requisitos: Que vayan dirigidas al profesorado de todo el territorio nacional
que se halle en ejercicio o que haya ejercido la docencia en las enseñanzas
reguladas por la LOE, exceptuando la enseñanza universitaria; que se realicen
dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
de 2007; y que se ajusten, en relación con la duración y el número de
participantes, a lo que a continuación se establece:
Líneas
de formación
La
realización de las acciones formativas objeto de estas ayudas, deberá
llevarse a cabo ateniéndose a la legislación que regula esta materia y
a la Resolución de 4 de agosto de 2006, de la Secretaria General de Educación,
por la que se establecen las líneas de formación en materia de formación
permanente del profesorado, y que son: Sistemas de Gestión de Calidad
de los centros educativos. Planificación y organización de las actividades
escolares; El alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. La
compensación de desigualdades en educación; La función tutorial y los
Departamentos de Orientación. Prevención del fracaso escolar y fomento
de la escolaridad no obligatoria; Educación para la ciudadanía y los derechos
humanos; Formación para la convivencia, igualdad de género, mediación
y resolución pacífica de conflictos; La cohesión social y la equidad educativa
en contextos multiculturales. Estrategias para el fomento de la participación
de los miembros de la comunidad educativa (Familia, Escuela y Municipio),
en el desarrollo integral del alumnado; Tratamiento de la diversidad para
el desarrollo personal, social y escolar de los alumnos con diferentes
capacidades y ritmos de aprendizaje;. Educación para la salud y la prevención
de adicciones en los centros escolares; Aplicación didáctica de las TIC
en las áreas curriculares; Actualización de los currículos escolares.
Adquisición y desarrollo de las competencias básicas; Formación para la
mejora de la competencia comunicativa en lenguas extranjeras, preferentemente
en edades tempranas; Actualización científico técnica del profesorado
de Formación Profesional; Cultura científica, desarrollo sostenible y
educación medioambiental; Los lenguajes de la expresión corporal y artística
en los contextos educativos; La evaluación como elemento de mejora del
sistema y de los procesos educativos; Formación para el desarrollo de
competencias relacionadas con el espíritu emprendedor: Autonomía e iniciativa
personal; Formación para la prevención de riesgos y la aplicación de primeros
auxilios en el centro escolar; El aprendizaje permanente a lo largo de
la vida; y Las bibliotecas escolares como espacio integrador de la acción
educativa.
No obstante,
tendrán consideración prioritaria aquellas actividades relacionadas con
la formación en competencias básicas, para la convivencia, en lenguas
extranjeras, formación social y ciudadana, actualización curricular, formación
para la evaluación de diagnóstico y formación en TIC para la enseñanza
y aprendizaje.
El plazo de
presentación de solicitudes es de 20 días hábiles contados a partir del
siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial
del Estado (BOE de 9 de abril)
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