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Madrid.
El Consejo
de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se establece la ordenación
general de la Formación Profesional del sistema educativo conforme a la
Ley Orgánica de Educación (LOE). El real decreto regula, entre otros aspectos,
la estructura de las enseñanzas de Formación Profesional, su evaluación
y las distintas formas de acceder a este tipo de estudios. |
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Con
la nueva ordenación, las enseñanzas de Formación Profesional estarán integradas
por módulos de conocimientos teórico-prácticos orientados a desarrollar
competencias profesionales. El objetivo es hacer una Formación Profesional
más flexible, que favorezca el tránsito entre diferentes itinerarios educativos,
la formación a lo largo de toda la vida y la movilidad y la empleabilidad
en todo el entorno europeo.
“La Formación
Profesional en el sistema educativo tiene por finalidad preparar a los
alumnos y a las alumnas para la actividad en un campo profesional y facilitar
su adaptación a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo
largo de su vida, así como contribuir a su desarrollo personal, al ejercicio
de una ciudadanía democrática y al aprendizaje permanente”, señala el
real decreto
Según la citada
norma, “los títulos son un instrumento para acreditar las cualificaciones
y competencias propias de cada uno de ellos y asegurar un nivel de formación,
incluyendo competencias profesionales, personales y sociales para favorecer
la competitividad, la empleabilidad y la cohesión social”. Las enseñanzas
conducentes a los títulos de Técnico y Técnico Superior se ordenarán en
ciclos formativos de grado medio y de grado superior, respectivamente.
Asimismo, los títulos responderán a las necesidades demandadas por el
sistema productivo y a los valores personales y sociales para ejercer
una ciudadanía democrática, y el perfil profesional vendrá determinado
por las cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales que se incluyan en el mismo.
Novedades
Entre
otras novedades, el real decreto establece, según lo dispuesto en la Ley
Orgánica de Educación, que en el currículo de los ciclos formativos se
incluirá siempre un módulo de Formación en Centros de Trabajo, del que
podrán quedar exentos quienes acrediten una experiencia laboral relacionada
con sus estudios. En los ciclos formativos de Grado Superior se incluirá
además la realización de un proyecto.
También se
establece que las enseñanzas conducentes a la obtención de un título de
Formación Profesional incorporen aspectos fundamentales para la formación
integral de los trabajadores, como son la cultura emprendedora, la prevención
de riesgos laborales, la innovación y la calidad. Asimismo, el real decreto
contempla la educación a distancia y posibilita el acceso a estas enseñanzas
de personas adultas que quieran mejorar, adquirir o ampliar sus competencias
profesionales.
A partir de
ahora comenzará el proceso de elaboración del nuevo Catálogo de Títulos
de Formación Profesional adaptados a esta nueva ordenación y que tendrá
como referente el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Para más información:
http://www.mec.es/files/rd-ordenacion-fp.pdf
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