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Ni
confesionalismo ni laicismo
Suele
decirse que las soluciones de ayer son los problemas de hoy. Es el caso
de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE) de 1985, que
sin duda ayudó a cerrar la fisura entre las dos Españas al aceptar la
presencia de la Iglesia católica en la enseñanza y asignarle una generosa
financiación con la contrapartida de cierto control y participación sociales.
Es probable que ni la situación del sistema educativo, ni los resquemores
recíprocos ni la correlación de fuerzas permitieran entonces otra opción.
Hoy, sin embargo, es un obstáculo para que la educación obligatoria sea
un factor de cohesión social, (re)construcción nacional y (re)creación
de la ciudadanía, incluso sin entrar en el solapamiento más que notable
de la confesionalidad escolar con la clase social, que ha sido una constante
de la historia de la educación en España durante todo el siglo XX, ni
en su ya rampante solapamiento con la etnia, que lo será en el XXI si
no lo remediamos. Los actuales privilegios de la Iglesia católica, combinados
con el principio de igualdad ante la ley y con una judicatura educada
en él, convierten en mera cuestión de tiempo que otras confesiones reclamen
y obtengan un trato similar y constituyen, así, una vía segura hacia el
multiculturalismo escolar, es decir, hacia la proliferación del uso sectario
de la escuela (no se confunda la multiculturalidad, que es un hecho a
reconocer, con el multiculturalismo, que es un programa de acción). El
ultimo Gobierno del PP no inventó este uso sectario, sino que se limitó
a dar una vuelta de tuerca más a una política ya errada cuando, con la
Ley de Calidad (LOCE), trató de equiparar definitivamente la religión
con las materias ordinarias, en cumplimiento estricto del Concordato.
Si la LODE había puesto las bases para el multiculturalismo intercentros,
con la LOCE se quiso sentar las del multiculturalismo intracentros.
¿Hasta
qué punto tienen las confesiones religiosas derecho a emplear la institución
escolar para su reproducción, o puede permitirse que lo hagan sin que
se tambaleen los fundamentos de la convivencia? Nadie debe poder servirse
del poder público para fines particulares, por muy extendidos o trascendentes
que éstos sean, y eso incluye la formación o el adoctrinamiento religiosos.
Política y religión, Estado e Iglesias, ciudadanía y cultura, convivencia
pública y creencias privadas, escuela y familia, deberían estar completamente
deslindados. La separación de Iglesia y Estado propia de una sociedad
laica no se reduce a la no interferencia recíproca en sus asuntos internos,
sino que exige la renuncia simétrica a utilizar los medios del otro para
los fines propios. Así como el Estado no debe tratar de manipular la autoridad
moral de las Iglesias, estas no deben intentar instrumentalizar el poder
político de aquél. Lo primero seria una incursión totalitaria en la sociedad,
por fortuna desaparecida junto con el franquismo; lo segundo es un uso
sectario del poder público, desafortunadamente consagrado en el vigente
Concordato y muy apreciado por la jerarquía católica. La escuela ha de
ser instrumento sólo del demos, mecanismo de construcción de la
ciudadanía; depósito y vehículo sólo de lo que es común a todos, del laos,
es decir, laica; las particularidades grupales, las diferencias culturales
que constituyen el etnos, sólo deben poder reproducirse por medio
de las instituciones de la sociedad civil (familias, Iglesias, asociaciones).
Debería
quedar claro que una sociedad cuyas escuelas son utilizadas a favor de
una, de varias o de todas y cada una de las religiones no puede considerarse
en modo alguno laica, ni siquiera aconfesional. La presencia de los alumnos
en las aulas no deriva de la voluntad de las familias, sino de una norma
política; es su derecho, pero también su obligación. Y los centros y profesores
que los acogen pueden hacerlo porque se garantiza a todos ese derecho,
porque se exige a todos esa obligación y porque ellos mismos son titulares
de una licencia y un mandato públicos, todo ello sostenido en última instancia
por la fuerza coercitiva del Estado y, en primera y para la mayoría, por
el erario público. Cuando y dondequiera que una iglesia se valga de la
obligatoriedad escolar (lo que incluye todas las enseñanzas regladas en
centros privados en la edad escolar obligatoria), de los fondos públicos
(los centros concertados) o de la licencia pública para otorgar o negar
credenciales (lo que sucede si se equipara la religión a otras materias,
sea en su evaluación, en su consideración o en su encaje temporal y espacial),
estaremos ante el uso indebido, por sectario, de una institución pública.
Cabe
preguntarse por qué esta alarma precisamente ahora y no antes, o qué clase
de problema social representan otras religiones pero no la católica. La
respuesta es, primero, que entre las (aquí) nuevas confesiones llegan
algunas cuya voluntad de injerencia en la vida política y social y de
subordinación de las instituciones es todavía más intensa que la del catolicismo
(que no es poca); segundo, que el tiempo no pasa en balde, y el actual
arreglo (la posibilidad de elegir entre cursar o no religión en la escuela),
que pudo ser vivido, en su origen, como un alivio a la salida de un régimen
confesional autoritario, ha ido convirtiéndose cada vez más en un pesado
fardo, quizá ya insoportable; tercero, que cabe ver la institución escolar
con otros ojos ahora, cuando la rápida inmigración; las tendencias centrifugas
autóctonas y los efectos de dislocación social de la globalización económica
amenazan la cohesión social, a diferencia de cuando apenas parecía sobrar
uniformidad y faltar libertad; y cuarto, que somos muchos los que nunca
hemos considerado la escuela confesional, sino una costosa concesión,
inevitable o no, y un lastre para la democracia, y tal vez más cuanto
más obvio es el divorcio entre la conciencia social y las posiciones eclesiásticas.
(…).
Mariano
Fernández Enguita
EL PAIS. 28- marzo-2005
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