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Madrid.
El Consejo
de Coordinación Universitaria (CCU), organismo integrado por los rectores
de las universidades españolas, los máximos responsables de la enseñanza
universitaria en las respectivas Comunidades Autónomas y por 15 miembros
designados por Congreso, Senado y Gobierno, celebró el día 25 de octubre,
en Jerez de la Frontera (Cádiz), una reunión, en Comisión Académica y
Comisión de Coordinación, en la que se emitieron sendos informes sobre
los proyectos de reales decretos de Grado y Postgrado, que reestructurarán
las titulaciones universitarias españolas con objeto de adaptarlas al
Espacio Europeo de Educación Superior.
El secretario
de Estado de Universidades e Investigación, Salvador Ordóñez, ha presidido
las reuniones de ambas Comisiones, en las que también se ha analizado
el proyecto de real decreto que introducirá diversas modificaciones en
el actual sistema de habilitación nacional para el profesorado universitario
funcionario.
Asimismo, en
la reunión del CCU se ha formado y constituido la Comisión que estudiará
el modelo de financiación de las universidades públicas españolas.
Una vez se
hayan aprobado los reales decretos de Grado y Postgrado, las enseñanzas
universitarias quedarán estructuradas de manera acorde con el proceso
de Bolonia. Habrá un primer ciclo conducente a la obtención del título
de Grado, un segundo ciclo dirigido a una especialización académica o
profesional o a promover la iniciación en investigación, que dará lugar
la obtención del título oficial de Máster, y un tercer ciclo, en el que
se adquirirá el título de Doctor, que tendrá por objeto la formación avanzada
en las técnicas de investigación.
Planes
de estudio
En
términos generales, para la obtención del título oficial de Grado será
preciso un número de créditos entre 180 y 240, y todos los planes de estudio
de una misma titulación tendrán el mismo número de créditos. Una de las
novedades del proyecto es el porcentaje mínimo y máximo de créditos referidos
a contenidos formativos comunes (las actuales “materias troncales”) que
deben tener los distintos planes de estudio de una misma titulación oficial.
El porcentaje quedará fijado entre un 50% y un 75%, basándose en las directrices
generales que establezca el Ministerio de Educación y Ciencia para cada
título.
Por lo que
se refiere a los estudios universitarios oficiales de Postgrado, el proyecto
de real decreto introduce, junto al título de Doctor, de larga tradición
en nuestra estructura educativa, una importante novedad: el título oficial
de Máster. Los estudios europeos de Postgrado constituyen uno de los principales
elementos para reforzar el atractivo de la Educación Superior europea
en el contexto internacional.
La implantación
de los Programas Oficiales de Postgrado requerirá los informes previos
favorables de la Comunidad Autónoma correspondiente y del CCU, y tendrán
que ser aprobados por el MEC. Una vez implantados, serán sometidos a evaluación
por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA),
en colaboración con las Comunidades Autónomas y las propias universidades.
Los estudios
conducentes al título oficial de Máster tendrán una extensión mínima de
60 créditos y máxima de 120 créditos, y el Gobierno podrá establecer directrices
generales propias y requisitos especiales de acceso cuando dicho título
habilite para el acceso a actividades profesionales reguladas.
Para
acceder al Doctorado, el alumno tendrá que haber obtenido un mínimo de
60 créditos en Programas Oficiales de Postgrado o estar en posesión del
título oficial de Máster. Además, tendrá que haber completado un mínimo
de 300 créditos en el conjunto de sus estudios universitarios de Grado
y Postgrado. Una vez admitido, realizará la tesis doctoral, consistente
en un trabajo original de investigación.
Habilitación
del profesorado
El
Consejo de Coordinación Universitaria ha realizado asimismo un informe
sobre el borrador del real decreto por el que se introducen modificaciones
en el sistema de habilitación nacional del profesorado universitario.
Este sistema, regulado en un decreto de 26 de julio de 2002, se ha revelado
muy complejo y costoso en términos tanto humanos como económicos.
El borrador
establece, entre otras cosas, una única convocatoria anual en vez de las
tres actuales, en la que se determinará el número de habilitaciones objeto
de la misma, la categoría del cuerpo y el área de conocimiento al que
pertenecen.
Se prevé que
la próxima convocatoria de habilitación del profesorado universitario
sea la última con el actual formato, ya que, según las previsiones del
Gobierno, entrará en vigor la modificación de la Ley Orgánica de Universidades
(LOU) que cambiará el modelo y sistema de selección del profesorado funcionario.
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