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Madrid.
El
Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó, a petición de la ministra
de Educación y Ciencia, María Jesús San Segundo, la ampliación en dos
años del plazo de adscripción de los funcionarios pertenecientes al Cuerpo
de Inspectores de Educación. El anterior, establecido en la disposición
adicional segunda del Real Decreto 1538/2003, de 5 de diciembre, había
provocado dificultades en buena parte de las Comunidades Autónomas.
La
Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación,
en el capítulo II de su título VII, regula las funciones y organización
de la inspección educativa, así como la formación de los inspectores de
educación; y en su disposición adicional undécima establece el procedimiento
de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación. El modelo de inspección
educativa que la ley citada define responde a la necesidad de especialización.
En
virtud de la potestad legislativa, el Gobierno aprobó el Real Decreto
1538/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen las especialidades
básicas de inspección educativa.
Margen insuficiente
La
disposición adicional segunda del citado Real Decreto establecía un plazo
de seis meses, contados desde la entrada en vigor de la norma, para llevar
a cabo la adscripción de los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de
Inspectores al Servicio de la Administración Educativa y de los pertenecientes
al Cuerpo de Inspectores de Educación a la especialidad que corresponda,
en cada caso, de acuerdo con los criterios que el Real Decreto establece
en su anexo II.
El
procedimiento de adscripción y sus consecuencias en la organización de
las plantillas de inspectores de las Administraciones educativas respectivas
había planteado problemas en diversas Comunidad Autónomas, que se podrían
paliar, si contaran con un margen más amplio, para llevar la cabo la mencionada
adscripción. En consecuencia, el Gobierno establece un nuevo plazo más
amplio, de dos años, para desarrollar este proceso.
El
Gobierno ha consultado a las Comunidades Autónomas y a las organizaciones
sindicales para la aprobación del nuevo Real Decreto, además de recibir
el dictamen favorable del Consejo Escolar del Estado y del Consejo de
Estado.
Este
norma legal se publica íntegramente en el Boletín Oficial del Estado núm.
148, de fecha 19 de junio de 2004.
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