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Madrid.
El Consejo
de Ministros ha aprobado tres reales decretos elaborados por el Ministerio
de Educación, por los que se establecen los currículos de las titulaciones
de Formación Profesional de Técnico en Atención Sociosanitaria, Técnico
en Joyería y Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos. Serán de
aplicación en el territorio de gestión del MECD y podrán ser adoptados
con carácter supletorio por las comunidades autónomas.
Estos títulos
habían sido aprobados por el Gobierno el pasado 2 de mayo, y responden
al deseo del Ministerio de “satisfacer las demandas sociales y laborales
que se han producido en los últimos años en cada uno de estos sectores.
La definición de estos programas ha sido realizada por la Dirección General
de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, con la colaboración
de expertos del ámbito educativo y laboral.
Por otra parte,
el Consejo de Ministros ha aprobado asimismo otro real decreto del MECD,
por el que se determinan las condiciones básicas que deben reunir las
pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior
de Formación Profesional Específica. Su principal objetivo es facilitar
el acceso a una titulación de FP y la acreditación de las competencias
parciales contenidas en los títulos, a las “personas adultas, trabajadoras
o desocupadas, que por su situación no puedan seguir un proceso ordinario
de formación”.
Organización
en módulos
Estas
pruebas se adecuan a la nueva organización de la FP Específica en módulos
profesionales, y determina que los criterios y procedimientos de evaluación
“tendrán en cuenta la competencia profesional característica del título”.
También se flexibilizan los requisitos de acceso a las pruebas para permitir
la obtención de acreditaciones parciales, y se establece su estructura
y contenidos. Además, se determina la composición de las comisiones de
evaluación y se regula la acreditación y el registro de las unidades de
competencia.
Finalmente,
se establece un marco flexible para que las comunidades autónomas regulen
la organización y realización de las pruebas, los ciclos para los que
se convocan y la confección de las mismas de acuerdo con los currículos.
Y para que puedan fijar los calendarios de matriculación y el número de
convocatorias. Este real decreto cuenta con el visto bueno de la Comisión
de Formación Profesional de la Conferencia Sectorial de Educación, y el
informe favorable del Consejo Escolar del Estado y del Consejo General
de FP.
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