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Madrid.
Con la
creación de la ANECA, España se convierte, tras Holanda,
en el segundo país de la Unión Europea en contar con una
Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad establecida según
los criterios universitarios del proceso europeo de convergencia Sorbona-Bolonia.
La Agencia
Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación es uno
de los elementos fundamentales de la Ley Orgánica de Universidades
(LOU) y constituye una de las más relevantes innovaciones para
la mejora de la calidad del sistema universitario español, y a
partir de ahora medirá y hará público, con la máxima
transparencia, el rendimiento del servicio universitario, tanto en su
actividad docente e investigadora como en su gestión.
La LOU establece,
en su artículo 32, que "mediante acuerdo de Consejo de Ministros,
previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria, el Gobierno
autorizará la constitución de la Agencia Nacional de Evaluación
de la Calidad y Acreditación". El pasado 19 de julio, el Consejo
de Ministros, una vez consultado el Consejo de Coordinación Universitaria,
acordó la creación de la Fundación ANECA, cuyas funciones,
actividades y principios de actuación se definen en el capítulo
II de su proyecto de Estatutos.
De acuerdo
con tales estatutos, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad
y Acreditación desarrollará fundamentalmente, según
se especifica en un comunicado del MECD, "actividades de evaluación,
es decir, de examen y análisis, a partir de la información
proporcionada acerca de una situación en un momento determinado
y aplicando una metodología previamente definida, y el resultado
de este proceso quedará reflejado en un informe razonado".
Por la naturaleza
jurídica de una Fundación, la actividad de la ANECA será
la de presentar informes que contengan los resultados de la evaluación,
así como las propuestas fundamentadas para permitir la toma de
decisiones por parte de la Administración pública correspondiente.
La actividad
de evaluación tendrá finalidades diferentes en función
del ámbito objeto de la evaluación, y éste condicionará
igualmente la propuesta que se formule para facilitar la toma de decisión.
Así,
las actividades de evaluación se pueden clasificar en cuatro grandes
modalidades: evaluación para la mejora; evaluación para
la acreditación; evaluación para la certificación,
y evaluación del profesorado.
Evaluación
para la mejora
En
las actividades de evaluación para la mejora, el ámbito
de competencia de la Agencia se extiende tanto sobre las titulaciones
como sobre los servicios, los programas y los sistemas de gestión
de las universidades. La participación de las unidades en este
proceso es voluntaria, y su resultado es el contraste externo y complementario
necesario de la autoevaluación que se viene desarrollando a través
de los Planes Nacionales de Evaluación de la Calidad de las Universidades
coordinados hasta el momento por el Consejo de Coordinación Universitaria.
En este sentido, según se señala en el comunicado ministerial,
"la incorporación a la Agencia Nacional de las actividades
de estos Planes Nacionales reforzará y ampliará la extensión
de la cultura de la calidad, aportando, por una parte, la necesaria continuidad
a las actuaciones, y por otra, evaluando la fragmentación de sus
actuaciones.
Evaluación
para la acreditación
La
evaluación para la acreditación es un proceso novedoso,
no sólo en España sino también en Europa, ya que
únicamente los Países Bajos y Noruega están experimentando
procesos similares. La LOU introduce la acreditación como un proceso
obligatorio, al que deben someterse todas las titulaciones impartidas
por las universidades, y la LOU establece asimismo que la ANECA desarrollará
esta competencia de manera exclusiva.
En el ámbito
universitario, la evaluación de las titulaciones para su acreditación
se entiende, según se explica en el comunicado del MECD, "como
un proceso en el que se constata un determinado nivel de calidad en los
resultados, en función de los grados declarados previamente; es,
por tanto, un proceso de confirmación a posteriori, que en Europa
se encuentra todavía en un estado incipiente, aunque cuenta ya
con varias experiencias, en las que participa España, como el proyecto
piloto ‘Joint Quality Initiative’".
La actividad
de evaluación para la acreditación se iniciará con
un plan piloto sobre un conjunto de titulaciones para el que un grupo
de expertos habrá diseñado previamente los procedimientos
básicos que constituirán el proceso de acreditación
común para todas las titulaciones. A continuación, otro
grupo de expertos por grandes áreas científico-técnicas
elaborará el "corpus" de criterios básicos y de
requisitos mínimos de calidad requeridos para el área determinada.
El conjunto de procedimientos, criterios y requisitos de calidad conformarán
el protocolo de acreditación por área de conocimiento.
Evaluación
para la certificación
Los
procesos de certificación contemplados y establecidos en la LOU
implican una diferencia sustancial respecto de los referidos a la evaluación
y para la mejora, ya descritos. Así, en la evaluación para
la certificación se constata el cumplimiento en los procesos que
se examinan de unos requisitos previamente establecidos. La certificación
es de carácter voluntario, y debe incidir de manera especial en
los procesos (sistemas de gestión, servicios internos, mecanismo
de control de la calidad), y constituye para la unidad certificada un
reconocimiento externo de la pertinencia y calidad de sus actuaciones.
Todas las funciones
asignadas a la ANECA por la LOU se llevarán a cabo bajo la responsabilidad
de gestión de las respectivas Comisiones de cada uno de los programas
(de Evaluación Institucional, de Acreditación y de Certificación),
las cuales actuarán bajo un procedimiento único de comisiones
de expertos por áreas o campos científico-técnicos,
en función de la materia objeto de examen.
Evaluación
del Profesorado
La
evaluación del Profesorado, por su parte, es de carácter
individual, condición que diferencia este proceso de las otras
actividades, si bien "el hecho de conducir, igualmente, a un resultado
binario, lo asemeja a la acreditación y certificación; estas
especiales características aconsejan un tratamiento separado de
los demás procesos de evaluación, que quedará reflejado
en el marco de un Programa de Evaluación del Profesorado".
La LOU duferencia
dos tipos de actuaciones de evaluación del profesorado: aquellas
que conducen a la autorización para poder ser contratado por las
universidades en unas determinadas figuras, y aquellas cuyo fin es evaluar
la capacidad investigadora, docente o de gestión del profesor.
En la actualidad,
la evaluación de la actividad del profesorado tiene exclusivamente
efectos retributivos y se lleva a cabo en dos procesos independientes
entre sí, tanto en cuanto a los criterios y procedimientos como
en cuanto al órgano responsable. Por una parte, la evaluación
de la actividad investigadora del profesorado es llevada a cabo por la
Comisión Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI), órgano
en el que están representadas todas las administraciones educativas,
y por otra, la evaluación de la docencia se realiza por las propias
universidades, en un proceso casi automático y también con
efectos retributivos.
El futuro desarrollo
de la LOU, en lo relativo al ejercicio de las competencias que la Ley
otorga a la ANECA y a los órganos de evaluación de las Comunidades
Autónomas, hará recomendable la revisión de las actuales
actividades de evaluación individuales en marcha con objeto de
unificar los procedimientos y criterios en sus diversas facetas.
Ismael
Crespo, director de la ANECA
El
Patronato de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y
Acreditación nombró como director de este organismo a Ismael
Crespo, un experto en gestión de la evaluación que desempeñaba
el cargo de director general de Universidades desde el año 2000.
Ismael Crespo
es profesor de Ciencia Política de la Universidad de Murcia, tras
serlo asimismo en la Universidad de Salamanca y en la Universidad Pública
de Navarra, y dirigió, de 1997 a 1999, el Departamento de Investigación
del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS).
En el área
específica de la evaluación universitaria, Crespo ha sido
presidente de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora
(2000-2002), período en el que ha desarrollado una labor de coordinación
entre las Comunidades Autónomas, las universidades y los expertos
en evaluación; vicepresidente del Comité Técnico
del Plan Nacional de Evaluación de la Calidad de las Universidades;
vocal de la Comisión de Expertos del Programa Nacional de Estudios
Sociales y Económicos de la Comisión Interministerial de
Ciencia y Tecnología y evaluador de proyectos de investigación
de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva.
En el ámbito
internacional, Ismael Crespo es actualmente representante de España
en la Comisión de Evaluación de la Calidad de la Educación
Superior del Comité de Seguimiento Unión Europea-América
Latina-Caribe.
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