BOE/Comunidades Autónomas

BOE www.boe.es

Convocatoria para acceder al Cuerpo de Maestros en Cantabria

Resolución de 6 de mayo de 1999, de la Dirección General de Educación de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se hace pública la convocatoria de procedimientos selectivos para acceder al Cuerpo de Maestros y para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo. ("BOE" núm. 121, de 21-5-99)
El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el "BOE". Las instancias se dirigirán a la Dirección General de Educación de la Consejería de Educación y Juventud del Gobierno de Cantabria, encontrandose ejemplares de la misma en dicha Consejería.

Premios extraordinarios de Bachillerato

Resolución de 13 de abril de 1999, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se adjudican los Premios Extraordinarios de Bachillerato Unificado Polivalente, correspondientes al curso académico 1997/1998. ("BOE" núm. 116, de 15-5-99)
Primero.-Adjudicar los Premios Extraordinarios de Bachillerato Unificado Polivalente, correspondientes al curso 1997/1998 a los alumnos relacionados en el anexo a esta Resolución. Segundo.- Los alumnos premiados recibirán un diploma acreditativo de esta distinción y disfrutarán de exención total del pago de los precios públicos por servicios académicos en la primera matriculación del primer curso de la Universidad, según establece el artículo 1.3 de la orden de 17 de agosto de 1982 del Ministerio de Hacienda. Tercero.- Los alumnos premiados podrán optar a los Premios Nacionales de Bachillerato.

Ayudas a la música, la lírica y la danza

Resolución de 26 de abril de 1999, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan ayudas a la música, lírica y la danza correspondientes a 1999. ("BOE" núm.116, de 15-5-99)
Primero.- Se convocan para 1999 las ayudas comprendidas en el punto cuarto de la orden de 5 de abril de 1999, conforme a la regulación que se establece en los puntos siguientes de la presente resolución. Segundo.-Ayudas a proyectos de producción musicales y líricos: 1. Se convocan para 1999 ayudas destinadas a proyectos de producción de obras de música y lírica realizados por personas físicas o jurídicas de carácter privado, en las submodalidades siguientes y con el número de ayudas que se determina para cada una de las mismas: A) Producción anual con gira: Se convocan diez ayudas. B) Producción bienal con gira: Se convocan seis ayudas. Ayudas a programas de difusión de espectáculos musicales y líricos por distintas Comunidades Autónomas: 1. Se convocan para 1999 diez ayudas destinadas a personas y agrupaciones, de carácter privado, para la realización de giras por España de producciones musicales y líricas, durante 1999, quedando excluidas las asociaciones y entidades sin fines lucrativos, así como las instituciones y entidades de carácter público. Las giras deberán tener lugar por el territorio de, al menos, tres Comunidades Autónomas. Ayudas para programas de difusión de la cultura española por medio de la exhibición en el extranjero de espectáculos musicales y líricos. Ayudas a proyectos de música y lírica de entidades sin fines de lucro de ámbito estatal. Ayudas a festivales, muestras, congresos, certámenes de música y lírica y programas de actividades líricas estables. Ayudas a proyectos de producción de danza. Ayudas a programas de difusión de espectáculos de danza por distintas Comunidades Autónomas. Ayudas para programas de difusión de la cultura española por medio de la exhibición en el extranjero de espectáculos de danza. Ayudas a proyectos de danza de entidades sin fines de lucro de ámbito estatal. Ayudas a festivales, muestras, congresos, certámenes de danza y programas de actividades coreográficas estables. La totalidad de las ayudas a la música, la lírica y la danza, en sus diferentes modalidades, se sufragarán con los créditos del vigente presupuesto de gastos del INAEM-Ministerio de Educación y Cultura que a continuación se especifican, con la indicación de la cantidad máxima imputable: 18.207.456ª, conceptos presupuestarios 441, 451, 461, 473, 481 y subconcepto 485.00: 414.500.000 pesetas; 18.207.134B, conceptos presupuestarios 471 y 482: 30.000.000 de pesetas; total: 444.500.000 pesetas. La solicitud, dirigida al Director general del INAEM, se realizará en los modelos que se acompañan como anexos I y II a la presente Resolución, debiendo cumplimentarse en todos sus apartados. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación en el "BOE" de la presente resolución.

 

COMUNIDADES AUTONOMAS

Andalucía

Resolución de 27 de abril de 1999, de la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, por la que regula el proceso de elección de miembros de Consejos de Centro de los Centros de Profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para cubrir vacantes existentes en el sector de Asesores de Formación, tras la resolución del proceso concursal regulado por orden que se cita. ("BOJA" núm.58, de 20-5-99)
La presente resolución tiene por objeto regular la convocatoria del proceso de elección de miembros de Consejos de Centro de los Centros de Profesorado en vacantes de representantes por el sector de Asesores de Formación, en aquellos Consejos de Centro donde no fue posible completar la plantilla de representantes por dicho sector en el proceso electoral regulado por resolución de esta Dirección General de 25 de marzo de 1998. Todo el proceso electoral recogido en la presente resolución deberá estar concluido en el plazo máximo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el "BOJA"

Resolución de 15 de abril de 1999, de la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, por la que se publica la concesión provisional de ayudas de la Acción B del programa Lingua. ("BOJA" núm.57, de 18-5-99)
Los candidatos seleccionados deberán remitir a esta Dirección General en el plazo de 10 días la aceptación o renuncia a la ayuda concedida.
En caso afirmativo, deberán remitir los datos completos del curso (título, entidad, dirección, localidad, fechas y números de horas) y los 20 dígitos de la cuenta bancaria donde se haga efectivo el ingreso de la ayuda concedida.

Aragón www.aragob.es/sid/boaboa.htm

Orden de 7 de mayo de 1999, del Departamento de Educación y Cultura, por la que se resuelve la convocatoria para fomentar los intercambios escolares de alumnos no universitarios con otras regiones de Europa para 1999. ("Boletín Oficial de Aragón" núm.60, de 14-5-99)

Comunidad de Madrid

Orden 851/1999, de 30 de abril, por la que se convocan ayudas para la realización de actividades de Formación Permanente del Profesorado durante el año 1999. ("B.O.C.M." núm. 115, de 17-5-99)
Podrán solicitar ayudas las asociaciones de profesores, fundaciones pedagógicas, movimientos de renovación pedagógica no pertenecientes a la Federación Madrileña de MM.RR.PP. y demás entidades sin ánimo de lucro, que, legalmente constituidas, tengan recogidos entre sus fines la formación permanente del profesorado y cuyas actividades se dirigan al profesorado de niveles previos a la universidad de la Comunidad de Madrid. Las solicitudes (anexo I), dirigidas al Consejero de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid, se presentarán en el Registro de la Consejería, calle Alcalá, número 32, 28014 Madrid (referencia: Servicio de Renovación Pedagógica "Ayudas a la formación permanente del profesorado"). El plazo de presentación de las solicitudes será de treinta días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid".

Galicia

Orden de 20 de abril de 1999 por la que se convocan cursos de especialización para maestros en servicio activo en la Comunidad Autónoma de Galicia. ("Diario Oficial de Galicia" núm. 93, de 18-5-99)
Convocar cursos de especialización en: educación musical, educación física,audición y lenguaje, pedagogía terapéutica y educación infantil, este último bajo la modalidad de enseñanza a distancia. Los funcionarios de carrera pertenecientes al cuerpo de maestros que estén en servicio activo en la Comunidad Autónoma de Galicia podrán solicitar la realización de cualquiera de las especialidades convocadas, indicando su orden de preferencia por cada una de ellas, así como por la localidad de celebración, cuando proceda, en la hoja de solicitud del anexo II. Quedará excluido de esta convocatoria: El profesorado destinado en comisión de servicios durante el período para el que se solicita el curso de especialización; es decir, durante el curso 1999-2000. La matrícula será gratuita para los funcionarios del cuerpo de maestros seleccionados al amparo de esta orden. La solicitud se dirigirá al director general de Ordenación Educativa y Formación Profesional en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el "Diario Oficial de Galicia".

Resolución de 15 de abril de 1999, de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa, por la que se dictan instrucciones para la organización de las actividades de final del curso 1998-1999 en las escuelas de educación infantil, en los colegios de educación infantil y primaria y en los centros públicos integrados. ("Diario Oficial de Galicia" núm.93, de 18-5-99)
Primero.-Los comedores escolares funcionarán hasta el día 28 de mayo, inclusive. Segundo.- A partir del día 31 de mayo hasta el 22 de junio, inclusive, las actividades escolares para los alumnos escolarizados en el centro se desarrollarán en jornada única de 4 horas, sin perjuicio del cumplimento por parte del profesorado del horario que le corresponda. Tercero.- El período comprendido entre el 23 y el 30 de junio, será dedicado por el profesorado, entre otras actividades, a elaborar las actas de evaluación, los informes individualizados, los informes a las familias y cubrir los libros de escolaridad, permaneciendo todo el profesorado en el centro hasta el día 30 de junio, inclusive... Sexto.-Los alumnos que finalicen la educación primaria y hubieran hecho la reserva de plaza prevista en el punto segundo de la orden de 5 de abril de 1995 ("DOG" de 10 de mayo), quedarán automáticamente matriculados en el centro de educación secundaria al que esté adscrito el centro de educaión primaria, de conformidad con el punto tercero de dicha orden. Octavo.- Conforme a lo dispuesto en la orden de 30 de mayo de 1998 ("DOG" del 10 de agosto), por la que se aprueba el calendario escolar del curso 1998-1999, cuando las circunstancias de algún centro lo requieren, el delegado provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria podrá modificar las fechas señaladas en la presente resolución y autorizar otro tipo de jornada.

Resolución de 16 de abril de 1999, de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa, por la que se dictan instrucciones para el final del curso 1998-1999 en los institutos de educación secundaria, en las escuelas de arte, en las escuelas oficiales de idiomas, en los conservatorios de música, en los conservatorios de danza y en la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de Galicia. ("Diario Oficial de Galicia" núm. 93, de 18-5-99)
Los claustros de los centros señalados elaborarán un calendario de actividades docentes para el final de curso 1998-1999, de acuerdo con las instrucciones recogidas en esta resolución. Los directores de los centros citados enviarán a los servicios provinciales de Inspección, antes del 14 de mayo, un resumen del calendario aprobado por el claustro conforme a los modelos recogidos en los anexos a esta resolución. Las inspecciones devolverán a los centros una copia del citado resumen, aceptada o rectificada, antes del 26 de mayo, para que los directores la den a conocer al profesorado para su cumplimiento. Las sesiones de evaluación final de los alumnos de la ESO y de bachillerato LOGSE se celebrarán a partir del día 17 de junio. Las fechas de evaluación de COU y del segundo curso de bachillerato LOGSE se adecuarán a las fechas previstas para las pruebas de acceso a la universidad. A los alumnos de BUP, FP y bachillerato LOGSE con disciplinas pendientes de cursos anteriores se les convocará a una prueba extraordinaria de suficiencia durante el mes de mayo. Las pruebas de suficiencia del bachillerato unificado y polivalente se celebrarán a partir del 17 de junio. Los exámenes para alumnos libres de bachillerato unificado y polivalente tendrán lugar entre el 15 y el 30 de junio y entre el 1 y el 15 de septiembre, y para la Formación Profesional de segundo grado, del 15 de junio al 15 de julio y del 1 al 30 de septiembre. Las escuelas de artes no finalizarán sus actividades docentes antes del día 31 de mayo. En las escuelas oficiales de idiomas se mantedrán las actividades docentes hasta el día 31 de mayo; realizarán las pruebas finales de los alumnos oficiales entre los días de los ciclos 1 y 7 de junio. Las pruebas para alumnos libres de los ciclos elemental y superior tendrán lugar a partir del día 8 de junio. Las pruebas de nivel de conocimiento del idioma se celebrarán del 15 al 30 de junio. Los directores de institutos de educación secundaria enviarán al servicio provincial de inspección respectivo, antes del día 10 de julio, la memoria anual del centro a que se refiere el punto 43 de las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria, aprobadas por orden de 2 de agosto de 1997 ("DOG" del 1 de septiembre)

Orden de 13 de abril de 1999 por la que se dictan normas para la elección de órganos unipersonales de gobierno en los centros públicos de enseñanza no universitaria. ("Diario Oficial de Galicia" núm. 89, de 11-5-99)
Artículo 1º.-Centros en los que se deberá proceder a la elección del director. Procederá abrir el proceso electoral para el nombramiento de director en los centros públicos de enseñanza no universitaria en los que se dé alguno de los siguientes supuestos. a) Finalización del mandato del director. b) En aquellos centros en los que exista un director nombrado con carácter accidental hasta el 30 de junio, por haberse producido el cese del director con antrerioridad al final de su mandato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 del decreto 324/1996, de 26 de julio, en el artículo 25 del decreto 374/1996, de 17 de octubre, y en el artículo 6 del decreto 7/1999, de 7 de enero. c) En aquellos centros en los que cese el director al producirse alguna de las causas señaladas en el artículo 16 del citado decreto 324/1996, en el artículo 23 del decreto 374/1996, de 17 de octubre, y en el artículo 6 del decreto 7/1999, de 7 de enero. No podrán presentarse como candidatos los profesores que, por cualquier causa, no vayan a prestar servicios en el centro en el curso académico inmediatamente siguiente al de su toma de posesión como director. El director será elegido por el Consejo Escolar. La votación se celebrará antes del día 15 de junio en todos los centros incluidos en alguno de los supuestos del artículo 1º de esta orden.

Resolución de 6 de mayo de 1999, de la Subsecretaría de la Consejería de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se conceden ayudas a las confederaciones, federaciones y asociaciones de padres de alumnos, convocadas por orden de 22 de febrero de 1999 ("DOGV" núm. 3.446, de 03.03.1999). ("DOGV" núm. 3.497, de 18-5-99)

    Los interesados en recabar información sobre temas educativos, disposiciones legales, convocatorias o becas y ayudas pueden acceder a la página en Internet del Ministerio de Educación y Cultura, http://www.mec.es , donde figura entre otros, el enlace con el Centro de Información y Atención al Ciudadano. Para formular consultas, los usuarios pueden utilizar el correo electrónico: información@mec.es
arriba