|
BOE/Comunidades Autónomas
BOE
www.boe.es
Convocatoria
para acceder al Cuerpo de Maestros en Cantabria
Resolución
de 6 de mayo de 1999, de la Dirección General de Educación
de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se
hace pública la convocatoria de procedimientos selectivos para
acceder al Cuerpo de Maestros y para la adquisición de nuevas especialidades
por los funcionarios del mencionado Cuerpo. ("BOE"
núm. 121, de 21-5-99)
El
plazo de presentación de instancias será de veinte días
naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación
de esta resolución en el "BOE". Las instancias se dirigirán
a la Dirección General de Educación de la Consejería
de Educación y Juventud del Gobierno de Cantabria, encontrandose
ejemplares de la misma en dicha Consejería.
Premios
extraordinarios de Bachillerato
Resolución
de 13 de abril de 1999, de la Secretaría General de Educación
y Formación Profesional, por la que se adjudican los Premios Extraordinarios
de Bachillerato Unificado Polivalente, correspondientes al curso académico
1997/1998. ("BOE" núm. 116, de 15-5-99)
Primero.-Adjudicar
los Premios Extraordinarios de Bachillerato Unificado Polivalente, correspondientes
al curso 1997/1998 a los alumnos relacionados en el anexo a esta Resolución.
Segundo.- Los alumnos premiados recibirán un diploma acreditativo
de esta distinción y disfrutarán de exención total
del pago de los precios públicos por servicios académicos
en la primera matriculación del primer curso de la Universidad,
según establece el artículo 1.3 de la orden de 17 de agosto
de 1982 del Ministerio de Hacienda. Tercero.- Los alumnos premiados podrán
optar a los Premios Nacionales de Bachillerato.
Ayudas
a la música, la lírica y la danza
Resolución
de 26 de abril de 1999, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas
y de la Música, por la que se convocan ayudas a la música,
lírica y la danza correspondientes a 1999. ("BOE"
núm.116, de 15-5-99)
Primero.-
Se convocan para 1999 las ayudas comprendidas en el punto cuarto de la
orden de 5 de abril de 1999, conforme a la regulación que se establece
en los puntos siguientes de la presente resolución. Segundo.-Ayudas
a proyectos de producción musicales y líricos: 1. Se convocan
para 1999 ayudas destinadas a proyectos de producción de obras
de música y lírica realizados por personas físicas
o jurídicas de carácter privado, en las submodalidades siguientes
y con el número de ayudas que se determina para cada una de las
mismas: A) Producción anual con gira: Se convocan diez ayudas.
B) Producción bienal con gira: Se convocan seis ayudas. Ayudas
a programas de difusión de espectáculos musicales y líricos
por distintas Comunidades Autónomas: 1. Se convocan para 1999 diez
ayudas destinadas a personas y agrupaciones, de carácter privado,
para la realización de giras por España de producciones
musicales y líricas, durante 1999, quedando excluidas las asociaciones
y entidades sin fines lucrativos, así como las instituciones y
entidades de carácter público. Las giras deberán
tener lugar por el territorio de, al menos, tres Comunidades Autónomas.
Ayudas para programas de difusión de la cultura española
por medio de la exhibición en el extranjero de espectáculos
musicales y líricos. Ayudas a proyectos de música y lírica
de entidades sin fines de lucro de ámbito estatal. Ayudas a festivales,
muestras, congresos, certámenes de música y lírica
y programas de actividades líricas estables. Ayudas a proyectos
de producción de danza. Ayudas a programas de difusión de
espectáculos de danza por distintas Comunidades Autónomas.
Ayudas para programas de difusión de la cultura española
por medio de la exhibición en el extranjero de espectáculos
de danza. Ayudas a proyectos de danza de entidades sin fines de lucro
de ámbito estatal. Ayudas a festivales, muestras, congresos, certámenes
de danza y programas de actividades coreográficas estables. La
totalidad de las ayudas a la música, la lírica y la danza,
en sus diferentes modalidades, se sufragarán con los créditos
del vigente presupuesto de gastos del INAEM-Ministerio de Educación
y Cultura que a continuación se especifican, con la indicación
de la cantidad máxima imputable: 18.207.456ª, conceptos presupuestarios
441, 451, 461, 473, 481 y subconcepto 485.00: 414.500.000 pesetas; 18.207.134B,
conceptos presupuestarios 471 y 482: 30.000.000 de pesetas; total: 444.500.000
pesetas. La solicitud, dirigida al Director general del INAEM, se realizará
en los modelos que se acompañan como anexos I y II a la presente
Resolución, debiendo cumplimentarse en todos sus apartados. El
plazo para la presentación de solicitudes será de un mes,
a partir del día siguiente al de la publicación en el "BOE"
de la presente resolución.
COMUNIDADES
AUTONOMAS
Andalucía
Resolución
de 27 de abril de 1999, de la Dirección General de Evaluación
Educativa y Formación del Profesorado, por la que regula el proceso
de elección de miembros de Consejos de Centro de los Centros de
Profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para
cubrir vacantes existentes en el sector de Asesores de Formación,
tras la resolución del proceso concursal regulado por orden que
se cita. ("BOJA" núm.58, de
20-5-99)
La
presente resolución tiene por objeto regular la convocatoria del
proceso de elección de miembros de Consejos de Centro de los Centros
de Profesorado en vacantes de representantes por el sector de Asesores
de Formación, en aquellos Consejos de Centro donde no fue posible
completar la plantilla de representantes por dicho sector en el proceso
electoral regulado por resolución de esta Dirección General
de 25 de marzo de 1998. Todo el proceso electoral recogido en la presente
resolución deberá estar concluido en el plazo máximo
de un mes a partir del día siguiente a su publicación en
el "BOJA"
Resolución
de 15 de abril de 1999, de la Dirección General de Evaluación
Educativa y Formación del Profesorado, por la que se publica la
concesión provisional de ayudas de la Acción B del programa
Lingua. ("BOJA" núm.57, de 18-5-99)
Los candidatos
seleccionados deberán remitir a esta Dirección General en
el plazo de 10 días la aceptación o renuncia a la ayuda
concedida.
En
caso afirmativo, deberán remitir los datos completos del curso
(título, entidad, dirección, localidad, fechas y números
de horas) y los 20 dígitos de la cuenta bancaria donde se haga
efectivo el ingreso de la ayuda concedida.
Aragón
www.aragob.es/sid/boaboa.htm
Orden
de 7 de mayo de 1999, del Departamento de Educación y Cultura,
por la que se resuelve la convocatoria para fomentar los intercambios
escolares de alumnos no universitarios con otras regiones de Europa para
1999. ("Boletín Oficial de Aragón"
núm.60, de 14-5-99)
Comunidad
de Madrid
Orden
851/1999, de 30 de abril, por la que se convocan ayudas para la realización
de actividades de Formación Permanente del Profesorado durante
el año 1999. ("B.O.C.M." núm.
115, de 17-5-99)
Podrán
solicitar ayudas las asociaciones de profesores, fundaciones pedagógicas,
movimientos de renovación pedagógica no pertenecientes a
la Federación Madrileña de MM.RR.PP. y demás entidades
sin ánimo de lucro, que, legalmente constituidas, tengan recogidos
entre sus fines la formación permanente del profesorado y cuyas
actividades se dirigan al profesorado de niveles previos a la universidad
de la Comunidad de Madrid. Las solicitudes (anexo I), dirigidas al Consejero
de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid, se presentarán
en el Registro de la Consejería, calle Alcalá, número
32, 28014 Madrid (referencia: Servicio de Renovación Pedagógica
"Ayudas a la formación permanente del profesorado").
El plazo de presentación de las solicitudes será de treinta
días naturales a partir del día siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid".
Galicia
Orden
de 20 de abril de 1999 por la que se convocan cursos de especialización
para maestros en servicio activo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
("Diario Oficial de Galicia" núm.
93, de 18-5-99)
Convocar
cursos de especialización en: educación musical, educación
física,audición y lenguaje, pedagogía terapéutica
y educación infantil, este último bajo la modalidad de enseñanza
a distancia. Los funcionarios de carrera pertenecientes al cuerpo de maestros
que estén en servicio activo en la Comunidad Autónoma de
Galicia podrán solicitar la realización de cualquiera de
las especialidades convocadas, indicando su orden de preferencia por cada
una de ellas, así como por la localidad de celebración,
cuando proceda, en la hoja de solicitud del anexo II. Quedará excluido
de esta convocatoria: El profesorado destinado en comisión de servicios
durante el período para el que se solicita el curso de especialización;
es decir, durante el curso 1999-2000. La matrícula será
gratuita para los funcionarios del cuerpo de maestros seleccionados al
amparo de esta orden. La solicitud se dirigirá al director general
de Ordenación Educativa y Formación Profesional en el plazo
de quince días naturales contados a partir del día siguiente
a la publicación de esta orden en el "Diario Oficial de Galicia".
Resolución
de 15 de abril de 1999, de la Dirección General de Centros e Inspección
Educativa, por la que se dictan instrucciones para la organización
de las actividades de final del curso 1998-1999 en las escuelas de educación
infantil, en los colegios de educación infantil y primaria y en
los centros públicos integrados. ("Diario Oficial de Galicia"
núm.93, de 18-5-99)
Primero.-Los
comedores escolares funcionarán hasta el día 28 de mayo,
inclusive. Segundo.- A partir del día 31 de mayo hasta el 22 de
junio, inclusive, las actividades escolares para los alumnos escolarizados
en el centro se desarrollarán en jornada única de 4 horas,
sin perjuicio del cumplimento por parte del profesorado del horario que
le corresponda. Tercero.- El período comprendido entre el 23 y
el 30 de junio, será dedicado por el profesorado, entre otras actividades,
a elaborar las actas de evaluación, los informes individualizados,
los informes a las familias y cubrir los libros de escolaridad, permaneciendo
todo el profesorado en el centro hasta el día 30 de junio, inclusive...
Sexto.-Los alumnos que finalicen la educación primaria y hubieran
hecho la reserva de plaza prevista en el punto segundo de la orden de
5 de abril de 1995 ("DOG" de 10 de mayo), quedarán automáticamente
matriculados en el centro de educación secundaria al que esté
adscrito el centro de educaión primaria, de conformidad con el
punto tercero de dicha orden. Octavo.- Conforme a lo dispuesto en la orden
de 30 de mayo de 1998 ("DOG" del 10 de agosto), por la que se
aprueba el calendario escolar del curso 1998-1999, cuando las circunstancias
de algún centro lo requieren, el delegado provincial de la Consellería
de Educación y Ordenación Universitaria podrá modificar
las fechas señaladas en la presente resolución y autorizar
otro tipo de jornada.
Resolución
de 16 de abril de 1999, de la Dirección General de Centros e Inspección
Educativa, por la que se dictan instrucciones para el final del curso
1998-1999 en los institutos de educación secundaria, en las escuelas
de arte, en las escuelas oficiales de idiomas, en los conservatorios de
música, en los conservatorios de danza y en la Escuela Superior
de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de Galicia.
("Diario Oficial de Galicia" núm. 93, de 18-5-99)
Los
claustros de los centros señalados elaborarán un calendario
de actividades docentes para el final de curso 1998-1999, de acuerdo con
las instrucciones recogidas en esta resolución. Los directores
de los centros citados enviarán a los servicios provinciales de
Inspección, antes del 14 de mayo, un resumen del calendario aprobado
por el claustro conforme a los modelos recogidos en los anexos a esta
resolución. Las inspecciones devolverán a los centros una
copia del citado resumen, aceptada o rectificada, antes del 26 de mayo,
para que los directores la den a conocer al profesorado para su cumplimiento.
Las sesiones de evaluación final de los alumnos de la ESO y de
bachillerato LOGSE se celebrarán a partir del día 17 de
junio. Las fechas de evaluación de COU y del segundo curso de bachillerato
LOGSE se adecuarán a las fechas previstas para las pruebas de acceso
a la universidad. A los alumnos de BUP, FP y bachillerato LOGSE con disciplinas
pendientes de cursos anteriores se les convocará a una prueba extraordinaria
de suficiencia durante el mes de mayo. Las pruebas de suficiencia del
bachillerato unificado y polivalente se celebrarán a partir del
17 de junio. Los exámenes para alumnos libres de bachillerato unificado
y polivalente tendrán lugar entre el 15 y el 30 de junio y entre
el 1 y el 15 de septiembre, y para la Formación Profesional de
segundo grado, del 15 de junio al 15 de julio y del 1 al 30 de septiembre.
Las escuelas de artes no finalizarán sus actividades docentes antes
del día 31 de mayo. En las escuelas oficiales de idiomas se mantedrán
las actividades docentes hasta el día 31 de mayo; realizarán
las pruebas finales de los alumnos oficiales entre los días de
los ciclos 1 y 7 de junio. Las pruebas para alumnos libres de los ciclos
elemental y superior tendrán lugar a partir del día 8 de
junio. Las pruebas de nivel de conocimiento del idioma se celebrarán
del 15 al 30 de junio. Los directores de institutos de educación
secundaria enviarán al servicio provincial de inspección
respectivo, antes del día 10 de julio, la memoria anual del centro
a que se refiere el punto 43 de las instrucciones que regulan la organización
y funcionamiento de los institutos de educación secundaria, aprobadas
por orden de 2 de agosto de 1997 ("DOG" del 1 de septiembre)
Orden
de 13 de abril de 1999 por la que se dictan normas para la elección
de órganos unipersonales de gobierno en los centros públicos
de enseñanza no universitaria. ("Diario Oficial de Galicia"
núm. 89, de 11-5-99)
Artículo
1º.-Centros en los que se deberá proceder a la elección
del director. Procederá abrir el proceso electoral para el nombramiento
de director en los centros públicos de enseñanza no universitaria
en los que se dé alguno de los siguientes supuestos. a) Finalización
del mandato del director. b) En aquellos centros en los que exista un
director nombrado con carácter accidental hasta el 30 de junio,
por haberse producido el cese del director con antrerioridad al final
de su mandato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 del
decreto 324/1996, de 26 de julio, en el artículo 25 del decreto
374/1996, de 17 de octubre, y en el artículo 6 del decreto 7/1999,
de 7 de enero. c) En aquellos centros en los que cese el director al producirse
alguna de las causas señaladas en el artículo 16 del citado
decreto 324/1996, en el artículo 23 del decreto 374/1996, de 17
de octubre, y en el artículo 6 del decreto 7/1999, de 7 de enero.
No podrán presentarse como candidatos los profesores que, por cualquier
causa, no vayan a prestar servicios en el centro en el curso académico
inmediatamente siguiente al de su toma de posesión como director.
El director será elegido por el Consejo Escolar. La votación
se celebrará antes del día 15 de junio en todos los centros
incluidos en alguno de los supuestos del artículo 1º de esta orden.
Resolución
de 6 de mayo de 1999, de la Subsecretaría de la Consejería
de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se conceden ayudas
a las confederaciones, federaciones y asociaciones de padres de alumnos,
convocadas por orden de 22 de febrero de 1999 ("DOGV" núm.
3.446, de 03.03.1999). ("DOGV" núm. 3.497, de 18-5-99)
|