BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO

Español como lengua extranjera

Resolución de 18 de enero de 1999, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado inicial, diploma básico y diploma superior de español como lengua extranjera para 1999. ("BOE" núm.32, de 6-02-99).

Concurso "Europa en la Escuela"

Orden de 27 de enero de 1999 por la que se convoca el 46 concurso conmemorativo "Europa en la Escuela". ("BOE" núm. 31, de 5-02-99).
Las ayudas previstas en este concurso tendrán como objetivo fomentar la dimensión europea en la Educación y el mutuo entendimiento entre los alumnos de los centros educativos españoles y los de los países que integran el Consejo de Europa. Beneficiarios: podrán participar en este concurso los alumnos de centros públicos y privados de los siguientes niveles educativos o equiparables: Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Bachillerato unificado polivalente, curso de Orientación Universitaria, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y de Idiomas. El plazo de presentación de los trabajos finaliza el 9 de abril de 1999.

Convocatoria extraordinaria de exámenes en Conservatorios

Resolución de 14 de enero de 1999, de la Dirección General de Centros Educativos, por la que se autoriza la convocatoria extraordinaria de exámenes en el mes de febrero a los Conservatorios de Música y Danza y Centros autorizados de Música y Danza con plenas facultades académicas. ("BOE" núm.31, de 5-02-99).

Cambio para los Profesores especiales de Institutos
Técnicos de Enseñanzas Medias a extinguir

Orden de 25 de enero de 1999 por la que se anuncia procedimiento para cambio de adscripción y reingreso a resultas del mismo para los Profesores especiales de Institutos Técnicos de Enseñanza Medias a extinguir.("BOE" núm. 30, de 4-02-99).
Podrán solicitar los puestos de referencia, los Profesores que se encuentren en la situación de activo en el mismo y siempre que se acredite estar prestando servicios en un centro situado en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Cultura, desde el que se participa, durante al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo, entendiéndose como fecha de finalización del curso escolar la de 14 de septiembre de 1999. Deberán participar obligatoriamente en el presente proceso, a fin de obtener un destino definitivo, los Profesores que obtuvieron destino provisional como consecuencia de su reingreso, según orden de 22 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 9 de junio). Las instancias, así como la documentación a la que se refiere el punto anterior, podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Educación y Cultura y en los Registros de sus Direcciones Provinciales o en cualquiera de las dependencias a que alude el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes y documentos será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente orden en el "BOE".

Integración en el Cuerpo de Inspectores de Educación

Orden de 3 de noviembre de 1998 por la que se integran funcionarios de carrera en el Cuerpo de Inspectores de Educación. ("BOE" núm.29, de 3-02-99).
El personal a que se refiere el apartado anterior quedará en la situación de excedencia voluntaria prevista en el artículo 55.1 de la Ley 4/1988, de 26 de junio, de la Función Pública de Galicia, en los Cuerpos Docentes de origen. A los solos efectos de determinar su antigüedad en el Cuerpo de Inspectores de Educación, se les reconoce la fecha de acceso como docentes a la función inspectora, de conformidad con la disposiciónes de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio.

Ingreso a los Cuerpos y adquisición de nuevas
especialidades. Artes Plásticas y Diseño.

Resolución de 21 de enero de 1999, de la Dirección General de Personal y Servicios, por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a los procedimientos selectivos convocados para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los mencionados Cuerpos. ("BOE" núm.29, de 3-02-99).
Esta Dirección General ha resuelto: 1) Aprobar las listas provisionales de aspirantes admitidos a estos procedimientos selectivos, con indicación de aquellos aspirantes que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 7.2 de la Orden de convocatoria, deberán acreditar, mediante la realización de la prueba que en el mismo se indica, el conocimiento del castellano. 2) Aprobar las listas provisionales de aspirantes excluidos en los citados procedimientos selectivos, con indicación de las causas de exclusión. 3) Ordenar la exposición de las listas a las que se refieren los apartados primero y segundo de esta Resolución, a partir del 4 de febrero de 1999, en los lugares anteriormente reseñados. 4) De conformidad con el apartado 4.2 de la citada Orden de convocatoria, los interesados podrán presentar reclamaciones en el plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la exposición de estas listas provisionales. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos, podrán manifestarlo en este mismo plazo. Las reclamaciones se dirigirán a la Dirección General de Personal y Servicios y se presentarán en la Dirección Provincial en la que presentaron la solicitud de participación, o en cualquiera de los lugares previstos en el apartado 3. 5 de la Orden de convocatoria.

Acceso al Cuerpo de Profesores y adquisición
de nuevas especialidades. FP.

Resolución de 21 de enero de 1999, de la Dirección General de Personal y Servicios, por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a los procedimientos selectivos convocados para ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo. ("BOE" núm.29, de 3-02-99).

Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas

Resolución de 21 de enero de 1999, de la Dirección General de Personal y Servicios, por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a los procedimientos selectivos

Convocados para ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo.("BOE" núm.28, de 2-02-99).

Traspaso de funciones y servicios a La Rioja

Real decreto 41/1999, de 15 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de gestión de la formación profesional ocupacional. ("BOE" núm. 26, de 30-01-99)
1)Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencia, prevista en la disposición transitoria octava del Estatuto de Autonomía de La Rioja, adoptado por el Pleno de dicha Comisión en su sesión del día 29 de diciembre de 1998, por el que se traspasan a la Comunidad Autónoma de La Rioja las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de gestión de la formación profesional ocupacional, y que se transcribe como anexo del presente Real decreto. 2)En consecuencia quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de La Rioja las funciones y servicios, así como los bienes, derechos, obligaciones, personal y créditos presupuestarios correspondientes, en los términos que resultan del propio Acuerdo y de las relaciones anexas. 3)Estos traspasos serán efectivos a partir de la fecha señalada en el Acuerdo de la Comisión Mixta, sin perjuicio de que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales produzca, hasta la entrada en vigor de este Real decreto, en su caso, los actos administrativos necesarios para el mantenimiento de los servicios en el mismo régimen y nivel de funcionamiento que tuvieran en el momento de la adopción del Acuerdo. 4) Los créditos presupuestarios que se determinen, de conformidad con la relación número 3 del anexo, serán dados de baja en los correspondientes conceptos presupuestarios y transferidos por el Ministerio de Economía y Hacienda a los conceptos habilitados en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado, destinados a financiar el coste de los servicios asumidos por las Comunidades Autónomas, una vez se remitan al Departamento citado, por parte del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, los respectivos certificados de retención de crédito, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la vigente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Creación de asociaciones transnacionales de centros escolares

Orden de 14 de enero de 1999 por la que se convocan ayudas para la creación de asociaciones transnacionales de centros escolares que desarrollen un Proyecto Educativo Europeo de acuerdo con la Acción 1 de COMENIUS (capítulo II del Programa Sócrates). ("BOE" núm. 25,de 29-0I-99).
Se convocan ayudas para el desarrollo de Proyectos Educativos Europeos (PEE), destinadas a centros docentes públicos o privados del área de gestión directa del Ministerio de Educación y Cultura, a realizar en los períodos comprendidos del 1 de septiembre de 1999 al 1 de junio de 2000, y del 1 de marzo de 2000 al 28 de febrero de 2001. Podrán participar en este programa los centros docentes del área de gestión directa del Ministerio de Educación y Cultura que impartan las siguientes enseñanzas: a) Enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
De régimen general: Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Formación Profesional. De régimen especial: Enseñanzas Artísticas y Escuelas Oficiales de Idiomas. b) Artes Plásticas y Diseño. Música. Artes Escénicas y Educación de Adultos. El plazo para la presentación de las solicitudes para el desarrollo de los PEE tanto para centro coordinador como para el asociado, finaliza en las siguientes fechas: El 1 de marzo de 1999 para proyectos a desarrollar del 1 de septiembre de 1999 al 30 de junio de 2000. El 1 de noviembre de 1999 para proyectos a desarrollar del 1 de marzo de 2000 al 28 de febrero de 2001. Las solicitudes para las visitas preparatorias de estudio e intercambio de profesores, contempladas en el plan de trabajo del proyecto, se presentarán tres meses antes de la realización de la actividad.

Relación de cursos equivalentes

Resolución de 14 de diciembre de 1998, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se hace pública la relación de cursos finalizados y, en su caso, convocados, autorizados y declarados equivalentes en el año 1998. ("BOE" núm.25, de 29-01-99).

Implantación anticipada de ciclos formativos
de Artes Plásticas y Diseño

Orden de 11 de enero de 1999 por la que se autoriza la implantación anticipada en Escuelas de Arte de ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño, establecidos por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. ("BOE" núm.25,de 29-01-99).
1.Se autoriza la implantación anticipada en el curso 1998-1999 de los ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Artes Plásticas y Diseño en las Escuelas de Arte pertenecientes al territorio de gestión del Ministerio de Educación y Cultura que se relacionan en el anexo I de la presente orden.
2.Quienes con anterioridad al curso 1998-1999 hubieran obtenido el título de Bachillerato establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en la modalidad de Artes, estarán exentos de realizar la prueba de acceso establecida en los correspondientes currículos,dado que en el momento en que cursaron las enseñanzas conduncentes a dicho título no se había determinado qué materias de Bachillerato permiten el acceso directo a los ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño. 3. A partir del curso 1998-1999 se iniciará la extinción progresiva de los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño que se indican en el anexo II de la presente orden. Para atender a aquellos alumnos que, en aplicación de la correspondiente normativa de evaluación, debieran volver a cursar total o parcialmente alguno de los ciclos formativos que se declaran a extinguir en la presente orden, los centros podrán organizar grupos de repetidores. 4.La Dirección General de Centros Educativos dispondrá lo pertinente para la interpretación y ejecución de lo dispuesto en la presente orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "BOE".

Traspaso a Canarias de funciones y servicios
en materia de enseñanza

Real decreto 38/1999, de 15 de enero, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la comunidad Autónoma de Canarias en materia de enseñanza no universitaria. ("BOE" núm. 25, de 29-01-99).
1)Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, prevista en la disposición transitoria tercera del Estatuto de Autonomía de Canarias, adoptado en su reunión del día 15 de diciembre de 1998, por el que se amplían los medios adscritos a las funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de enseñanza no universitaria. 2)En consecuencia quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias el personal y los créditos presupuestarios correspondientes, que figuran en las relaciones adjuntas al propio Acuerdo de la Comisión Mixta, que se incluye como anexo al presente Real decreto, en los términos y condiciones que allí se especifican... 4)Los créditos presupuestarios que se determinan con arreglo a la relación número 2 serán dados de baja en los conceptos de origen y transferidos por el Ministerio de Economía y Hacienda a los conceptos habilitados en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado destinados a financiar los servicios asumidos por las Comunidades Autónomas, una vez que se remitan al Departamento citado, por parte de la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Defensa, los certificados de retención de crédito, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la vigente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Estructura orgánica básica del MEC

Real decreto 83/1999, de 22 de enero, por el que se modifica parcialmente el Real decreto 1887/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Cultura. ("BOE" núm.20,de 23-01-99).
Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Quedan derogadas cuantas disposiciones de inferior o igual rango se opongan a lo establecido en el presente Real decreto.Disposición final primera. Facultades de desarrollo. Se autoriza al Ministerio de Educación y Cultura para que adopte las medidas que sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Real decreto.Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias. Por el Ministerio de Economía y Hacienda se llevarán a cabo las modificaciones presupuestarias precisas para dar cumplimiento a lo previsto en este Real decreto.

 

COMUNIDADES AUTONOMAS

Andalucía

Resolución de 17 de diciembre de 1998, de la delegación Provincial de Córdoba, por la que se conceden ayudas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles andaluzas de nivel no universitario durante 1998 en la provincia de Córdoba. ("BOJA" núm.15, de 4-02-99).

Orden de 21 de diciembre de 1998, por la que se convocan ayudas para la formación continua de Profesores y Formadores/as de Lenguas Extranjeras de acuerdo con la Acción B del Programa Lingua (Capítulo 3 del Programa Sócrates). ("BOJA" núm.10, de 23-01-99).
El plazo de presentación de solicitudes y documentación complementaria finalizará el día 15 de febrero de 1999.

Orden de 22 de diciembre de 1998, por la que se convocan plazas de Ayudantías para futuros profesores de lenguas extranjeras dentro del Programa Lingua Acción-C, y a los Centros escolares para ser receptores de Ayudantes Lingua-C durante el curso 1999-2000. ("BOJA" núm.10, de 23-01-99).
Se convocan a los Centros andaluces de Educación Primaria, Educación Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas para recibir Ayudantes Lingua de otros países de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y países de Europa Central y Oriental con acuerdos educativos firmados con la UE durante el curso 1999-2000 para impartir el idioma o idiomas enseñados en su Centro. Podrán formular su solicitud los ciudadanos que tengan la nacionalidad española, y hayan cursado o estén cursando el último curso de los estudios de Filología respectivos en las Universidades situadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía y acrediten el cumplimento de los siguientes requisitos: a)Poseer la titulación de licenciado/a en Filología o Título de Maestro (especialidad Lengua Extranjera), o seguir los estudios de último curso que preparan para ello, y no haber trabajado como profesor/a de la lengua correspondiente. B)En el momento de incorporación al Centro en el que desarrollarán su función, han de poseer la cualificación necesaria para enseñar una lengua extranjera en los centros de enseñanza reconocidos en España. El plazo de presentación de las solicitudes y documentación completa será desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 15 de febrero de 1999.

Orden de 17 de diciembre de 1998, por la que se conceden ayudas para la realización de proyectos de Voluntariado en las actividades educativas complementarias de los Centros Docentes.("BOJA" núm.10, de 23-01-99).

Aragón
B.0. Aragón:
www.aragob.es/sid/boaboa.htm

Orden de 14 de enero de 1999 del Departamento de Educación y Cultura, por la que se regula la convocatoria y las normas de procedimiento para la solicitud de la jubilación anticipada voluntaria conforme a la disposición transitoria novena de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo . ("BOA" núm. 9, de 25-01-99).
Podrán solicitar la jubilación anticipada voluntaria, con efectos de 31 de agosto del curso escolar en que lo soliciten, los funcionarios docentes transferidos en virtud del Real decreto 1982/1998 de 18 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza no universitaria, incluidos en el ámbito de aplicación del régimen de Clases Pasivas del Estado, pertenecientes a alguno de los siguientes Cuerpos: Cuerpo de Maestros, Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, Cuerpo de Profesores de artes Plásticas y Diseño, Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Cuerpo y Escalas declarados a extinguir con anterioridad a la vigencia de la L.O.G.S.E. También podrán solicitar la jubilación anticipada voluntaria los Inspectores al servicio de la Administración educativa, los funcionarios docentes adscritos a la función inspectora, y los Directores escolares de Enseñanza Primaria a extinguir, incluidos en el ámbito de aplicación del Real decreto 1982/1998, de 18 de septiembre citado. Las solicitudes deberán presentarse dentro de los tres primeros meses del año en que se pretenda acceder a la jubilación anticipada voluntaria, acompañadas de la documentación que al efecto se indique, en las Direcciones Provinciales correspondientes al centro de destino del solicitante o en los lugares y forma que determinan el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Canarias
B.O. Canarias:
www.gobcan.es/boc/index.html

Viceconsejería de Educación.-Resolución de 4 de enero de 1999, por la que se convocan las ayudas referidas a las acciones Comenius 1, Comenius 3.2, Lingua B y Lingua C del Programa Sócrates de la Unión Europea y se establecen los criterios para la selección de proyectos y de personas correspondientes a dichas acciones. ("B.O.C. " núm. 10, de 22-01-99).
El plazo de presentación de las solicitudes para la presentación de proyectos finaliza el 1 de marzo de 1999 para los proyectos que inicien sus actividades en septiembre de 1999 y el 1 de noviembre de 1999 para los proyectos que inicien sus actividades en marzo del año 2000.

Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.-Resolución de 15 de noviembre de 1998, por la que se conceden subvenciones individuales para la asistencia a actividades de perfeccionamiento del profesorado en los niveles no universitarios. ("B.O.C." núm.10, de 22-01-99).

Galicia

Orden de 23 de diciembre de 1998 por la que se regula la oferta de materias optativas de los estudios del grado medio de las enseñanzas de música conforme al Decreto 253/1993, de 29 de julio. ("D.O.G." núm.20, de 1-02-99).

Navarra
B.O. Navarra:
www.cfnavarra.es/bon/bonidx.htm

Resolución 1304/1998, de 31 de diciembre, del Director General de Educación del Departamento de Educación y Cultura, por la que se regula la incorporación de los alumnos desde un curso del sistema educativo que se extingue a otro del nuevo sistema, para el año académico 1999-2000, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. (B.O.N." núm.10, de 22-01-99).

Resolución 1231/1998, de 14 de diciembre, del Director General de Educación, por la que se autoriza la resolución de las ayudas para alumnos que deben desplazarse a causa de la elección de opción lingüística según la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuense, para el curso 1998-99. ("B.O.N." núm.10, de 22-01-99).

Orden foral 501/1998, de 31 de diciembre, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se aprueba la convocatoria para la acreditación de profesores para el ejercicio de la dirección en centros docentes públicos. ("B.O, de Navarra" núm.13, de 29-01-99).
Las solicitudes de participación en la presente convocatoria se cumplimentarán conforme al modelo que se facilitará a los interesados en el Negociado de Información y Documentación del Departamento. Dicha solicitud, dirigida al Director del Servicio de Recursos Humanos, se presentará en el Registro del Departamento de Educación y Cultura o en cualquiera de las dependencias a las que alude el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plan de presentación de solicitudes de participación será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Navarra".